Nomenclador de Prestaciones

Nomenclador de Prestaciones

Presentación

La práctica profesional del Trabajo Social en la provincia de Buenos Aires se encuentra reglamentada por distintas normativas, entre las que se destaca la Ley Federal de Trabajo Social Nº 27072 y la Ley provincial Nº 10751, y sus modificatorias, que regula el funcionamiento del Colegio Profesional.

Considerando las implicancias y significado del nomenclador de prestaciones, resulta importante destacar que la normativa federal establece, por un lado, en su artículo Nº 9 el conjunto de incumbencias profesionales, en tanto conjunto de actividades profesionales para los cuales están habilitades les Licenciades en Trabajo Social. Por otro lado, en el artículo Nº 10, se detallan los derechos de les Licenciades en Trabajo Social, entre los que se encuentra, en el inciso d), que les profesionales tienen el derecho a “percibir honorarios, aranceles y salarios acordes con los nomencladores y aranceles establecidos por los colegios o consejos profesionales o por la Federación Argentina de Asociaciones Profesionales de Servicio Social”, mientras que en el inciso h) se incluye “acordar honorarios y aranceles profesionales con obras sociales, servicios de medicina prepaga, asociaciones mutuales y otras, de manera individual o a través de los colegios o consejos profesionales o de la Federación Argentina de Asociaciones Profesionales de Servicio Social”.

En relación a las incumbencias profesionales resulta importante mencionar que las mismas se refieren a la totalidad de actividades a las que se encuentran habilitades les profesionales del Trabajo Social, las cuales pueden ser desarrolladas en el ámbito institucional, en tanto profesional asalariado, como en el ejercicio autónomo de la profesión En este punto, tales incumbencias orientan el proceso se adecuación del nomenclador de prestaciones.

Por su parte, en relación a la normativa provincial, el inciso Nº 19 del artículo Nº 26 sostiene que el  Colegio de Asistentes Sociales de la Provincia de Buenos Aires deberá, dentro de sus deberes y atribuciones, “proponer el régimen de aranceles y honorarios para el ejercicio profesional y gestionar su aprobación por los poderes públicos”.

Teniendo en cuenta estos antecedentes, como así también los procesos de revisión de nomencladores de prestaciones llevadas a cabo por Colegio o Consejos Profesionales del Trabajo Social en nuestro país, en los ítems que a continuación se desarrollan se establecen valores mínimos correspondientes al trabajo de les profesionales autónomos o independientes. En este punto es importante tener en cuenta que la valoración final de las prestaciones en el proceso de intervención deberá surgir de la evaluación de le profesional interviniente en relación a las particularidades de la situación a trabajar.

Nomenclador de prestaciones

Aspectos generales

Articulación de prestaciones: Considerando que el proceso de intervención a desarrollar surge de la evaluación de le profesional interviniente en relación a las estrategias que resulten pertinentes y en función de las múltiples variables que configuran la situación a trabajar, en caso de ser necesario articular distintas prestaciones incluidas en el nomenclador, se deberá establecer un cálculo que representa la suma de los valores considerados para cada una de las mismas.

Unidad de Trabajo Social (UTS): Con el fin de operacionalizar la medición de las prestaciones profesionales, se define a la unidad de Trabajo Social como unidad mínima de valorización donde se articula tiempo de trabajo y el proporcional de cargas sociales (aportes jubilatorios, Obra Social y licencias ordinarias). Por su parte, la cantidad de UTS definida para cada prestación se define proporcionalmente a partir de la síntesis entre tiempo de trabajo necesario con la complejidad de la tarea según criterios consensuados por el Colegio Profesional.

Valor del UTS: El valor del UTS representa un cálculo coyuntural definido institucionalmente a partir del análisis de variables económicas que permita su oportuna actualización. Entre las referencias a considerar, se debe tener en cuenta centralmente el aumento de la Canasta Básica Total.

Viáticos:Los gastos correspondientes a viáticos y/o traslados que impliquen la movilización de le Profesional, refrigerio, materiales, elementos o insumos de trabajo, que la práctica requiera, no están incorporados en el valor de la UTS, sino que deberán ser calculados adicionalmente, según lo que resulte necesario para el desarrollo de la actividad profesional.

Otras prestaciones: Cualquier situación de intervención del Trabajo Social, no contemplada precedentemente, deberá mensurarse en base al valor hora profesional que, por analogía, se asemeje a cualquiera de las intervenciones previstas.

Para imprimir el nomenclador vigente al 23/02/2024, hace click aquí 

Prestaciones Cantidad de UTS Actualización 23/02/2024
Entrevista de orientación y/o asesoramiento: No incluye elaboración y/o presentación de Informe Social 14  $         18.018
Entrevista en contexto y/o domiciliaria: No incluye elaboración y/o presentación de Informe Social 20  $         25.740
Informe Social 56  $         72.072
Coordinación de grupos (x encuentro) 17  $         21.879
Actividades de mediación (x encuentro) 24  $         30.888
Integración en equipos interdisciplinarios 144  $       185.328
Actividades de docencia e investigación
Seminario (x hora) 18  $         23.166
Capacitación (x hora) 18  $         23.166
Taller (x hora) 18  $         23.166
Grupo de estudio o similar (x hora) 18  $         23.166
Peritajes
Elaboración de Informe Social 96  $       123.552
Supervisión de Encuentros entre niñes, madres, padres y/o adultes responsables u otres familiares y/u situaciones (x hora) 30  $         38.610
Supervisión/ Co-Visión
Individual (x entrevista) 29  $         37.323
Grupal (x entrevista) 41  $         52.767
Institucional (x entrevista) 96  $       123.552
Gestión de Políticas y Programas Sociales
Diseño 960  $    1.235.520
Ejecución (x hora) 14  $         18.018
Evaluación (x hora) 14  $         18.018
Participación en área sociopreventiva
Coordinación (x hora) 20  $         25.740
Integrante (x hora) 14  $         18.018
Participación en proyectos y/o Servicios Sociales
Diseño 960  $    1.235.520
Organización 960  $    1.235.520
Auditoria (x hora) 14  $         18.018
Informe situación sobre
Institución 300  $       386.100
Zona geográfica 500  $       643.500
Problemática social 700  $       900.900
Otras intervenciones o asesorías (x hora) 14  $         18.018
[1]Aceptación del cargo: Tener presente que previo a la Aceptación del Cargo y a posteriori del mismo, el perito realiza varias intervenciones periciales y actos procesales. En los casos en los que, habiendo aceptado el cargo, la pericia no se efectúe, le profesional tendrá derecho a solicitar la regulación de honorarios en este concepto.
Anticipo de Gastos: Tener presente que, se puede solicitar un monto estimado por le perito, previo a la iniciación de la tarea encomendada. En concepto de anticipo de gastos para cubrir montos que impliquen movilidad o cualquier otro gasto previo a la intervención requerida.
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