Desde el Colegio Profesional de Trabajadorxs Sociales de la Provincia de Buenos Aires rechazamos la Resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires 1855/18, la cual propone la modificación del texto del artículo 12 de la Ley 13.634 – donde se establecen los principios generales del Fuero de Familia y de Responsabilidad Penal Juvenil bonaerenses – incorporando en dicho artículo que lxs profesionales que integran los Equipos Técnicos del Fuero de Familia deberán prestar colaboración a las Asesorías Periciales Departamentales.
La modificación propuesta al texto del artículo 12 se basa en la incorporación de un párrafo que establece que tanto el /la juez/a como el/la consejero/a no solo podrán requerir de la asistencia de otros profesionales y técnicos de las Asesorías Periciales de la Jurisdicción, sino también de equipos técnicos que integren áreas de su competencia territorial, entre ellos los Juzgados de Familia y profesionales de los municipios.
Tal modificación se argumenta en que es necesario homogeneizar la actuación de lxs peritos profesionales dependientes de la SCJ, mejorar la organización y calidad del servicio de justicia, así como también poder optimizar el aprovechamiento de los “recursos disponibles” (trabajadorxs).
Muy por el contrario dicha resolución, viene a flexibilizar la función pericial, poniendo el acento en la pérdida de la especificidad y conocimiento profesional por un lado, y por el otro, a profundizar la precarización aún más la función de los trabajadorxs peritos, ya sobre exigidos y/o sobrecargados en sus funciones y tareas profesionales asignadas.
Durante éste último período somos testigos de las modificaciones arbitrarias en todos los niveles estatales, en donde se ponen de manifiesto la profundización de las ya existentes precarias condiciones laborales de sus trabajadorxs. Frente a ésta coyuntura las expresiones de la cuestión social se agravaron, donde las problemáticas a la niñez, adolescencia y sus familias se recrudecen y empeoran día a día, exigiendo al sistema de justicia celeridad y contundencia en sus intervenciones. Una medida de éstas características desprofesionaliza la intervención especifica de lxs trabajadorxs sociales y de demás profesiones que intervienen en los Fueros específicos de Familia. Es por ello que expresamos nuestro rechazo a la modificación del artículo 12 de la Ley 13.634, ya que no solo vulnera el principio o criterio de “especialidad” fundamentado en dicha ley, sino que consideramos que es una medida de ajuste en cubierto.
Entendemos que la respuesta a los argumentos o considerandos de la resolución en primer medida, es el nombramiento de más trabajadorxs especializadxs además de la cobertura de cargos vacantes, así como también, la apertura de nuevos Juzgados del Fuero de Familia que en algunos casos ya han sido concursados; situación que modificaría las condiciones laborales actuales de los peritxs trabajadorxs favoreciendo en consecuencia, la prestación de un servicio de justicia de calidad y en tiempo para la población de la provincia de Buenos Aires.
Consejo Superior – Colegio de Trabajadorxs Sociales de la Pcia. de Bs. As.