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Formulario Lista Provincial

Formulario Lista Provincial

REQUISITOS PARA LISTAS PROVINCIALES

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¿Cómo se conforma una Lista Provincial?

Las Listas Provinciales pueden incluir candidatos para la Mesa Ejecutiva del Consejo Superior y/o para el Tribunal de Disciplina.

 

¿Quiénes integran la Mesa Ejecutiva del Consejo Superior?

Está integrada por: Presidente, Vicepresidente, Secretaria/o y Tesorera/o.

 

¿Cómo se conforma el Tribunal de Disciplina?

Está formado por cinco Vocales titulares y cinco Vocales Suplentes.

 

¿Cuáles son los requisitos para ser candidato a Mesa Ejecutiva del Consejo Superior?

Deben cumplir con los requisitos del art. 39 y 44 de la Ley 10.751 y 9 y 27 del Reglamento Electoral.

  1. Tres años de antigüedad mínima de Matriculación activa (sin contar períodos de Suspensión de Matrícula).
  2. Domicilio REAL en la Provincia de Buenos Aires.
  3. Encontrarse al día con Tesorería y no tener sanciones vigentes del Tribunal de Disciplina.
  4. Si ya se integró el Consejo Superior por dos períodos consecutivos, no postularse para el mismo cargo. Si ya lo integró por tres períodos, no puede postularse.

 

¿Y cuáles son los requisitos para ser candidato al Tribunal de Disciplina?

Según el artículo 46 de la Ley 10.751 para ser miembro del Tribunal de Disciplina se requerirán:

  1. Diez años de antigüedad mínima de Matriculación activa (sin contar períodos de Suspensión de Matrícula).
  2. Encontrarse al día con Tesorería y no tener sanciones vigentes del Tribunal de Disciplina.
  3. No hay limitación respecto de los períodos en que pueden ser reelectos los miembros del Tribunal.

 

¿Los Apoderados de Listas  Provinciales deben cumplir con algún requisito?

Según Artículo 13 del Reglamento Electoral, las listas deberán tener un apoderado titular y un suplente, que deberán tener:

  1. Tres años de antigüedad mínima de Matriculación activa (sin contar períodos de Suspensión de Matrícula).
  2. Domicilio REAL en la Provincia de Buenos Aires. Se computará desde que el domicilio fue comunicado al Colegio.
  3. Encontrarse al día con Tesorería y no tener sanciones vigentes del Tribunal de Disciplina.

 

¿Cuántos patrocinios necesita una Lista Provincial?

Se necesita un mínimo de cien (100) patrocinios suscriptos en los formularios correspondientes por matriculados que se encuentren en condiciones de votar (la forma más fácil de verificar esta condición es que ya estén en los Padrones provisorios publicados en la web del Colegio). Un mismo matriculado podrá patrocinar más de una Lista. Los Apoderados pueden ser patrocinantes, no así los candidatos ni los miembros de la Junta Electoral.

 

¿Una vez completa, cómo, dónde y cuándo se presenta la lista?

Una vez completados TODOS formularios y agregada la documentación correspondiente a los candidatos, se debe dar foliatura a todo y presentarse por duplicado en la Sede del Colegio Provincial, desde la fecha de constitución de la JEP y hasta el 17 de Mayo a las 17 hs. El Apoderado deberá constituir un domicilio especial en la ciudad de La Plata, dentro de los límites fijados por Reglamento Electoral en su artículo 13.

 

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